REUNION MESA REGIONAL SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 2024
LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS INFORMA:
El pasado viernes 04 de octubre en Valladolid, se
celebraba la reunión anual de la Mesa de Seguridad y Salud.
Hemos de recordar, que dicha Mesa, su composición
y funcionamiento viene regulada de
acuerdo a lo establecido en el V
Convenio Colectivo. Se compone de 8 miembros de la representación de la empresa
(Responsables de Departamentos como RRHH, Dirección Técnica CyL, Compras, Calidad,
Servicio Prevención Propio…..), y de
otras 8 personas de la Representación Legal de las personas Trabajadoras (RLPT), un delegado de cada provincia, y la participación
de algún miembro Comité Intercentros.
Los asuntos a tratar son cuestiones que afectan de manera general a todos los Centros.
ASUNTOS TRATADOS
- Lectura y aprobación del acta de la
reunión anterior (reunión nº8 de fecha 18/04/2023).
Se aprueba por unanimidad.
- Formación en prevención de riesgos
laborales.
Se expone por parte de la representación de la empresa,
la relación de cursos impartidos durante el presente año.
La Representación legal de las personas trabajadoras (RLPT), propone para
próximos cursos, incidir en que se impartan cursos a ser posible presenciales
en materia preventiva sobre los riesgos
relacionados con los Humos Diesel – Cancerígenos.
- Siniestralidad 2023 y avance 2024 de
los centros de Castilla y León.
Se tratan datos
recogidos en los Informes de
Siniestralidad CYL 2023 y hasta octubre 2024. Informes realizados por la MUTUA
Ibermutua.
Cabe destacar, como en años anteriores, que la
comparación que se realiza para intentar obtener conclusiones sobre la
evolución de la siniestralidad, entre nuestra actividad y la referenciada por
CNAE aplicado el de laboratorios, no
permiten obtener unas conclusiones reales. Los riesgos entre la actividad ITV y
la de Laboratorios distan bastante, por lo que la comparación de poco, nada
sirve.
Si que se pueden obtener conclusiones más reales de la
comparación entre años dentro de la empresa, y de ahí, cabe destacar algunas
cuestiones (al comparar ambos informes 2023 y parte del 2024 ciñéndonos a los
datos dentro de la empresa):
- Se reducen los
accidentes de Trabajo.
- Se reducen las
jornadas perdidas, a más o menos una tercera parte.
- Se reducen la
duración media de las bajas, a una tercera parte.
- Evaluación de riesgos psicosociales.
Se informa por parte de la empresa de la situación
actual dentro del proceso iniciado sobre
la Evaluación de Riesgos Psicosociales, actualmente
en fase de PREPARACIÓN ENTREVISTAS GRUPALES SEGÚN DIFERENTES GRUPOS
PROFESIONALES.
Para ello, se deben seleccionar al azar personal de
los diferentes Centros de Trabajo y Grupos Profesionales.
Con objeto de avanzar, en esta reunión se acuerda realizar el realizar el sorteo de las personas a participar de manera
voluntaria para la composición a participar de las entrevistas Grupales:
·
Personal Inspector, seleccionadas por azar 15 y otros
15 suplentes.
·
Personal Administrativo, seleccionadas por azar 10 y
otros 10 suplentes.
·
Personal Jefes de Nave y de las UMI, seleccionadas por
azar 10 y otros 10 suplentes.
·
Personal Ingeniero, seleccionadas por azar 10 y otros 10 suplentes.
En
breve, se comunicará por parte de la Responsable SPP, las personas que por sorteo
fueron seleccionadas.
- Ropa de trabajo.
Interviene por parte de la empresa el Responsable de compras, quien de
entrada pide disculpas por las diferentes incidencias ocurridas con las
entregas de la Ropa de Trabajo y con el calzado.
La ropa de verano, pendiente por motivos de los cambios en tallaje, se
prevé que sea entregada sobre mediados de este mes de octubre.
El calzado de verano, se estima que la semana que viene debieran ser
entregados.
La ropa de invierno esta siendo entregada. Las
camisetas térmicas se prevé estén a finales de octubre. Falta también las
entregas de las bragas para el cuello.
Desde la RLPT, se comunica que el personal desplazado está teniendo
problemas con el destino de la ropa limpia, pues se entrega la sucia en el
Centro donde fue desplazado y la limpia es enviada al Centro perteneciente. La
empresa manifiesta que la ropa limpia se enviará desde el Centro de pertenencia,
la Centro donde el trabajador o trabajadora fue desplazada por transporte
urgente.
- Exposición a emisiones de motores
diésel: RD cancerígenos.
La responsable del SPP expone la planificación de las mediciones de Humos Diesel realizadas y
pendientes en 2024. Entregan hoja con fechas y Centros.
Desde la RLPT, se solicita a la RE que expongan las medidas preventivas
colectivas e individuales adoptadas desde la entrada en vigor del RD 427/2021,
de 15 de junio, que modifica los anexos I, y III del RD 665/1997 cancerígenos, medidas
encaminadas a reducir su concentración en el medioambiente de trabajo.
Antecedentes:
Analizando los Informes de
mediciones contaminantes químicos, desde la RLPT observamos
que los valores límites de exposición diaria, de manera genérica no se están
superando, a pesar que en alguna
ocasión SI que fueron superados.
Pero con independencia de
los diferentes medidas obtenidas, lo que está muy claro, es que estamos
expuestos a contaminantes cancerígenos y que actualmente esto no es evitable, y
por ello deberá de limitarse. Para ello, entre otras cuestiones se deberán
de adoptar medidas de carácter colectivo, que garanticen siempre la ventilación
de los lugares de trabajo, así como instalar dispositivos para la extracción de
los contaminantes químicos.
Desde la entrada en vigor del
anterior RD mencionado, e incluso con anterioridad, desde la RLPT hemos exigido a la empresa la
adopción de medidas para que esto sea así.
La RE manifiesta que se han
adoptado medidas como la limpieza y mantenimiento de los extractores
localizados, limpieza y revisión de rejillas de ventilación en algunos fosos, y
ahora se plantea añadir algún extractor
localizado en zona de frenómetros
de vehículos pesados, en concreto 4
extractores en ITV Castellanos, ITV Cembranos, ITV Palencia , ITV Villalonquejar,
el criterio según volumen de vehículos. Afirman, que la ventilación de los
Centros debe realizarse con la apertura de puertas, (obviando que no siempre
hay garantía de una ventilación de los locales con la apertura de puertas, además
que no siempre se posible mantener las dos puertas abiertas por las condiciones
climatológicas adversas).
Desde la RLPT entiende que
deben adoptarse medidas para la extracción de los humos, más allá de la
colocación de extractores en las zonas de emisiones y la intención de
colocar 4 extractores localizados en 4 Centros en la zona de frenómetros.
Desde la RLPT, manifestamos que las medidas
adoptadas por la empresa son totalmente insuficientes, y que debe de apostar de
manera contundente por proteger la seguridad y la salud de los y las
trabajadoras.
Y recuerda, que
hace meses ya se envió a la RE un documento
Informe elaborado por Técnicos en Prevención de la Junta de Castilla y
León que avala nuestras reivindicaciones:
CONCLUSIONES del
“ INFORME DEL CENTRO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE CASTILLA Y LEON, EN
RELACION A LAS CONSULTAS REALIZADAS POR LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES
DE LA EMPRESA “ITEVELESA”, SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO EN SUS CENTROS….
A nuestro entender, teniendo en cuenta la situación planteada y los
criterios técnicos expuestos, los trabajos de inspección de vehículos
realizados en las estaciones de ITV se ven afectados por completo por la
modificación del RD 665/1997 a través del RD 427/2021, ya que todos los
vehículos con motor diésel que deban pasar estas inspecciones lo hacen
circulando por una serie de túneles o naves de inspección, pasando las
distintas pruebas con el motor en funcionamiento, y, por tanto, con las
correspondientes emisiones de humos. El hecho de que los valores ambientales
alcanzados no superen los valores límite establecidos en el citado real decreto
no exime del cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el mismo.
Se ha de tener en cuenta que con los conocimientos actuales, los Valores Límite
para Agentes Cancerígenos no suponen una "barrera" o
"umbral" por debajo del cual no existe riesgo para la salud de los
trabajadores, sino un valor relacionado con el aumento de probabilidad de
padecer cáncer - efecto estocástico -, para determinadas concentraciones del
agente en la zona de respiración del trabajador, y que en Higiene Industrial
utilizamos como referencias máximas para la adopción de medidas de prevención.
Es decir, valores de un cancerígeno inferiores a su Valor Límite no implican
que el riesgo se haya eliminado.
Una vez efectuada la identificación de la exposición laboral a
emisiones diésel por realizarse trabajos que supongan su emisión (en general,
cualquier lugar de trabajo con escapes en su interior, especialmente los
espacios cerrados), la primera medida a plantear conforme al R.D. 665/1997
sería la sustitución, que en este caso no sería posible, ya que precisamente se
trata de examinar las condiciones de esos vehículos.
De no ser
posible la sustitución, la normativa nos indica a continuación que se ha de
valorar si es posible trabajar con el cancerígeno en circuito cerrado, lo que
en este caso también es una solución muy difícil de implantar.
Cuando no se ha
podido sustituir ni "encerrar" en un circuito cerrado al cancerígeno,
lo que nos marca la normativa es que se ha de reducir su nivel al nivel más
bajo técnicamente posible, para lo que en este caso debemos desplegar toda
una batería de medidas preventivas encaminadas a reducir su concentración en el
medioambiente de trabajo: extracciones localizadas - tubos de aspiración
conectados a los escapes -, ventilación artificial general - aumento de las
renovaciones por hora -, ventilación natural, junto con una serie de
medidas organizativas, de limpieza, ropa de trabajo, uso de EPI, formación,
información y Vigilancia de la Salud.
Además, debe tenerse en cuenta que el derecho de los trabajadores a la vigilancia periódica de su estado de salud deberá prolongarse más allá de la finalización de la relación laboral a través del Sistema Nacional de Salud, en conformidad con lo establecido en el artículo 37.3.e) del Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
La RLPT,
entiende que ha pasado bastante tiempo desde la entrada en vigor del RD de
cancerígenos, y a pesar de los intentos por hacer ver a la empresa de la
necesidad de adoptar mayores medidas preventivas, han sido infructuosos todos
los intentos, incluidos lo realizados en el Grupo de Trabajo creado para tal
fin, por lo que desde la RLPT se
iniciarán los trámites pertinentes para intentar que se adopten mayores
medidas.
Varios
·
Desde la RLPT se solicita a la RE que facilite a la
RLPT de Palencia la Evaluación de Riesgos, realizada como consecuencia de la
nueva ubicación de local archivo. Hace varios meses la RLPT solicitó la
realización de una evaluación como consecuencia de esa nueva ubicación.
·
Desde la RLPT se recuerda a la empresa que a las
personas que realizan las prácticas también deba de lavarse la ropa
sucia-contaminada como al resto de la plantilla:
Extracto V CC Grupo Itevelesa, art.15:
“Acceso de Alumnos en
Prácticas en Centros de Trabajo I.T.V.
La empresa, cuando
acceda a éste tipo de prácticas formativas deberá:
Cumplir el programa de
actividades acordado.
Informar del contenido
a la representación de los trabajadores y trabajadoras de los convenios
suscritos con los centros educativos antes de su inicio.
Dar un certificado de
las prácticas que ha hecho.
Se le dotará al alumno
de la ropa, calzado y de los epi´s necesarios durante la formación práctica,
también se le informará y formará de al menos sobre los riesgos inherentes a
los puestos de trabajo en los que desarrolle su formación práctica.
La empresa deberá cumplir en todo momento, lo previsto en la legislación vigente al respecto.”
·
La RE manifiesta que la ropa de trabajo es de
propiedad de la Compañía y que por tanto, cuando ésta considera que sea
devuelta, el trabajador y trabajadora
deberán de entregarla. La RE se refiere en especial a el personal eventual.
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