EL PASADO MARTES 1 DE ABRIL , A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ INTERCENTROS SE LES COMUNICABA EL FALLO DE LA SENTENCIA: DEMANDA POR HUELGA ILEGAL
L A REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS INFORMA: CASACION núm.: 16/2023 TRIBUNAL SUPREMO Sala de lo Social Sentencia núm. 248/2025 (Extractos parciales recogidos en la Sentencia): Tras tres años, del origen que motivó estas reclamaciones judiciales por parte de la empresa, conviene recordar su origen: El despido de un trabajador se enmarca en un contexto más amplio de conflicto, por ejemplo, las sustituciones de los trabajadores en situación de IT o de vacaciones, como ha resultado acreditado en autos, pero aun en el caso de que se tratase de una huelga en solidaridad o apoyo del citado trabajador, no podríamos concluir en la ilegalidad de la misma, ya que el despido de un trabajador afecta al resto, como lo demuestra el primer comunicado posterior, de fecha 13 de abril de 2022, donde el Comité Intercentros pone de manifiesto que “se trata de defender los puestos de trabajo”. También el comunicado de 2...