2ª REUNION DE LA COMISION NEGOCIADORA II CONVENIO COLECTIVO GRUPO ITEVELESA CASTILLA Y LEON

El pasado 16 de febrero se mantuvo la 3ª reunión de la Comisión Negociadora, en donde se entró plenamente en materia, tratando la Plataforma reivindicativa de la parte social, es decir, de los y las trabajadoras.
Previamente al inicio de la reunión se solicito de la empresa aclaración sobre cambios producidos en la nómina del mes de Enero 2015, en donde, el concepto “Plus Convenio” había sido modificado respecto a lo establecido al  Convenio, fijándose cuantías en días y percepción económica, diferentes, aunque con resultado final económico igual a lo recogido en la tabla salarial pactada.
La representación de la  empresa responde que desconoce dicha situación pero que seguramente es debido a la aplicación de un nuevo programa informático de nóminas. Agradece la comunicación de la incidencia y se compromete a corregir dicho error en  la próxima nómina del mes de febrero.
Se inicia la negociación, dando lectura punto por punto de la Plataforma reivindicativa presentada por la RLT. Destacan entre las cuestiones tratadas:
Vigencia del Convenio
La Representación de la empresa (RE) propone que entre 1 y 4 años de vigencia y “NO SE ACEPTA LA ULTRACTIVIDAD ILIMITADA”, es decir, no aceptan que “mientras que no exista otro convenio que sustituya  a éste, se mantiene el contenido del mismo” sin atenerse a lo que legalmente se disponga en cada momento.
Comisión paritaria de interpretación y vigilancia del Convenio.-
Proponen reducir a la mitad los miembros que componen dicha Comisión. Y rechazan el arbitraje vinculante en los casos de desacuerdo.
Conversión de contratos temporales en indefinidos
Manifiestan que existe un alto % de contrataciones indefinidas y que requieren de un margen de contratación eventual.
Ante la insistencia de la Representación Legal de los Trabajadores (RLT), la empresa expone que este asunto quede  “APARCADO”.
CONTRATOS EN PRACTICAS
La RLT recuerda a la empresa que “al mismo trabajo debe aplicarse igual salario”, cuestión que entendemos que no se está produciendo en estos casos  y por ello se exige el pago del 100% en vez del 70 o 60% como se viene produciendo.
Exponen que este asunto quede  “APARCADO”
Manifiestan que “SI o SI” obligatoriedad de la presentación de los justificantes de pago para el cobro de DIETAS Y MEDIAS DIETAS (gastos de manutención). Aquí la RLT, se remite al fallo de la sentencia en la que se nos daba la razón de la NO OBLIGACION. No obstante, en su día estuvimos dispuestos a la negociación y ahora reabrimos ese camino.
La empresa propone cambios, reducir al menos a la mitad el número de reuniones presenciales, sustituyendo éstas por VIDEOCONFERENCIAS.
LA RLT, propone mantener el redactado actual y sugiere que se realicen esas proposiciones dentro del Reglamento de Funcionamiento Interno de ese Comité.
Y hasta aquí llegó la 3ª reunión, como veréis, muestra un  balance NEGATIVO, todo o casi todo queda “APARCADO”, no se establece ningún acuerdo parcial, con lo cual, hasta el momento, entendemos que se muestra poca voluntad NEGOCIADORA por parte de la empresa. Confiamos que en el transcurso de las próximas reuniones, la RE  muestre al menos otra voluntad , que nos permita ir estableciendo ACUERDOS.

La cuenta atrás comenzó el 01/01/2015 y debemos ser conscientes,  que  lo que ESTÁ EN JUEGO  en esta NEGOCIACION ES MUCHO,  nos jugamos mantener unas condiciones dignas que  hemos logrado a lo largo de estos 8 últimos años y  el tiempo en esta ocasión,  puede ser crucial.

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