LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS INFORMA:

  
REUNIDA LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO:
1.-SE APRUEBAN LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2019 Y LAS PROVISIONALES  PARA EL AÑO 2020
2.-SE APRUEBA LA MODIFICACION DEL ART.55 DEL CONVENIO “COMISION DE IGUALDAD.


1.- SE APRUEBAN LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2019 Y1.- SE APRUEBAN LAS TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS 2019 Y LAS PROVISIONALES  PARA EL AÑO 2020: (se adjunta tabla salarial 2020)

        El pasado jueves 23 de enero,  se mantuvo una reunión de la Comisión Paritaria del Convenio (representación legal de los trabajadores con representación de la Dirección de la empresa) en Madrid, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 40 del convenio.
Tras  analizar y verificar las variaciones de facturación respecto del año anterior, se procedió  a la elaboración de las tablas salariales definitivas 2019, que no sufren variación respecto a las que se venían aplicando, pues según el artículo 40 y la desviación de facturación 2018-2019 ( incremento de un  1,29% ), procede  aplicar  incremento por facturación de  un 0,6%, que es incremento  ya  aplicado desde Enero 2019 como adelantado.
        A continuación  se aprobó el incremento salarial inicial para el año 2020 y se procedió a la elaboración de las tablas salariales provisionales para el año 2020. El incremento salarial, corresponde aplicar un 1,24% sobre las tablas salariales definitivas 2019; 80%  IPC 2019 (0,8)  0,64% + un 0,6 % incremento por facturación adelantado.

        La diferencia de  inspecciones entre el año 2019-2018, han experimentado  unos incrementos; Inspecciones de Fase I de 13.735. y de  Fase II  7983.

        Las tablas salariales 2020 serán de aplicación desde este mismo mes de Enero.

        La Comisión Paritaria, una vez acordadas las tablas, procede a la realizar los trámites oportunos para su ratificación y registro.

2.-SE APRUEBA LA MODIFICACION DEL ART.55 DEL CONVENIO “COMISION DE IGUALDAD.
        Hemos de recordar que en Castilla y León, conforme al Convenio Colectivo regulamos la obligación de la elaboración del III Plan de Igualdad y que incluso ya estaba  constituida la Comisión  para su elaboración.
         En  marzo 2019 entra en vigor el RD 6/2019, medidas urgentes para garantía de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres…. . Obligando a establecerse un único Plan de Igualdad para toda la empresa. La intención de la empresa es negociar-elaborar un único Plan para todos los Centros de Grupo Itevelesa en  las diferentes  Comunidades incluida Castilla y León.
         Este cambio normativo, obliga a proceder con los cambios oportunos en nuestro Convenio, y por tanto, en el día hoy, la representación de los trabajadores y de la empresa   acuerdan:
         Modificar texto retirando la obligación de la Elaboración de un III Plan de Igualdad de Grupo Itevelesa para los Centros de Castilla y León.
         Mantener una Comisión de Trabajo para la Igualdad efectiva en Castilla y León, cuya misión será, una firmado el Plan de Empresa (Estatal), adaptar y/o concretar las medidas específicas para los Centros de la empresa en Castilla y León.
         Mantener las medidas aprobadas y recogidas en el I y II Plan de Igualdad de Castilla y león.
         El pasado 13 de Diciembre en Madrid, ITV Las Rozas,  se procedió a la Constitución de la Comisión Negociadora del PLAN DE IGUALDAD DE GRUPO ITEVELESA. Compuesta por 9 personas de la Dirección de la empresa y otras 9 personas de la representación de los trabajadores y trabajadoras  de  diferentes Comunidades. En concreto 5 personas  son de Castilla y León, 1 de Cantabria, 2 de Castilla de la Mancha, 1 de Madrid. Con una representatividad por Sindicatos de: CCOO el  50,88%, UGT el 42,11%,  CSI-CSIF 1,75%, Independiente 1,75%.
SIN ACUERDO TRAS LA REUNION DE LA COMISION DE TRABAJO DE PALENCIA
El pasado 20 de Enero se reúne la Comisión de Trabajo de Palencia para seguir tratando el asunto de los cambios de emplazamiento de las pruebas de emisiones. La empresa persiste en mantener el cambio de emplazamiento de las pruebas de emisiones a las naves de inspección de seguridad. Si bien es cierto, que ahora proponen medidas como:
·         Colocación de los equipos en el inicio de la línea….
·         Delimitar el espacio para los clientes…..
·         Posicionamiento del cableado
·         Panelado con material absorbente de ruidos entre líneas.
·         Comunicación con el cliente a través de intercomunicadores.
Desde la representación de los trabajadores y trabajadoras se expuso que estas medidas son insuficientes para la condición indispensable y legal de evitar el empeoramiento de las condiciones laborales en materia de seguridad y salud.
La representación de los trabajadores y trabajadoras está en disposición de asumir todos aquellos cambios que se propongan para la modernización y mejora del servicio,  pero siempre bajo el principio de obligado cumplimiento, “Principio de la Acción Preventiva” que los cambios que se produzcan  “NO PUEDEN SUPONER UN EMPEORAMIENTO DE LAS CONDICIONES EN MATERIA DE LA SEGURIDAD Y SALUD DE LA PLANTILLA”. Actualmente tal y como se está llevando a cabo e incluso con las medidas que se proponen “parches” no se cumple con la normativa en perjuicio GRAVE DE LA PLANTILLA. Y esto desde la RLT, no se puede tolerar, por lo que nos remitimos a que la empresa cumpla con lo requerido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como a las alegaciones comunicadas por escrito de la representación de los y las trabajadoras en fecha de 05 de Diciembre. 
Para este problema, la empresa debe tomar soluciones estructurales  en vez de plantear “parches” que ni tan si quiera solucionan los problemas graves como los de  emisiones de contaminantes cancerígenos y ruidos.
         El tiempo va pasando, las propuestas son insuficientes  y la situación de este cambio organizativo en estas condiciones se va haciendo insostenible, tanto para los usuarios y usuarias del servicio, como para los propios trabajadores  y trabajadoras que están siendo sometidos a este empeoramiento de las condiciones de trabajo desde el mes de agosto, por lo que de persistir en esta situación  si   a corto plazo la empresa no paraliza o propone medidas serias en línea de lo planteado por la RLT consistentes en evitar  la expasión a todo el personal de inspección de línea de seguridad de la contaminación acústica y de emisiones de cancerígenos durante la prueba de emisiones de contaminantes químicos (ej. incorporar las naves emisiones-boxes dentro de las líneas de seguridad o anexarlas a la entrada-salida de éstas) o nos veremos a dar cumplimiento con lo aprobado por UNANIMIDAD los delegados y delegadas asistentes a la última Coordinadora del mes de Diciembre, acudir a la apertura de un conflicto colectivo.
         Además de tomar otras medidas legales por incumplimiento de Resoluciones de la Junta de Castilla y León que regulan el emplazamiento en donde deben  realizarse las pruebas de emisiones.
         Confiamos que la Dirección de la  empresa recapacitará y ambas partes seremos capaces del entendimiento en la búsqueda de soluciones que desde luego no implique un empeoramiento de las condiciones de seguridad y salud para la plantilla.

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