LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN AMENAZA CON LA IMPOSICIÓN DE UNOS SERVICIOS MINIMOS ILEGALES Y CUANTO MENOS ABUSIVOS.

El pasado 17 de mayo desde la Dirección General de Industria de la Junta de Castilla y León, se notificaba al Comité Intercentros de manera oficial el documento:


En dicho documento entre otras cuestiones, se hace mención a que la empresa Grupo Itevelesa S.L.U solicita servicios mínimos. 

Y la administración dentro del argumentario plantea entre otras cuestiones, que el derecho a la huelga no es un derecho absoluto (haciendo referencia a Normativa del año 1977), que se trata de un servicio de carácter esencial aludiendo a la Constitución Española del año 1978, al Real Decreto 2822/1998 ….etc. 

HISTORICO DE CONFLICTOS CON DIAS DE HUELGA EN LOS CENTROS ITV GRUPO ITEVELESA:

Conflicto Inicial año 2006…….. HUELGA DIAS COMPLETOS- NO SE PLANTEARON SERVICIOS MINIMOS

Conflicto año 2011……………….. HUELGA DIAS COMPLETOS- NO SE PLANTEAN SERVICIO MINIMOS 

Conflicto año 2015…….HUELGA DIAS COMPLETOS- NO SE PLANTEAN SERVICOS MINIMOS

Conflicto último año 2021…….HUELGA DIAS COMPLETOS- NO SE PLANTEAN SERVICOS MINIMOS

¿Cuál es el motivo por el cuál esta Dirección de Industria plantea Servicio Mínimos actualmente, con movilizaciones de mucha menos intensidad (paros parciales en la mayoría) , si la normativa a la que se hace alusión ya existía entonces?

Por otro lado hacen mención a que “los usuarios no son libres de elegir donde obtener el servicio, ya que en sus zonas concesionales la exclusividad es de Grupo Itevelesa S.L.U, y si quieren alternativas deberán acudir a estaciones de otros concesionarios en Castilla y León, estaciones que en todo caso, no podrán absorber toda la demanda que supone el 80,5% del servicio…..”

Respecto a la manifestación anterior recogida en el informe sobre los usuarios y elección de Centro ITV, hemos de decir que:

Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.

Artículo 17. Elección de estación ITV para la inspección técnica de vehículos. Todo usuario de un vehículo matriculado en España o que vaya ser matriculado en España elegirá libremente la estación ITV del territorio nacional donde desee realizar la inspección técnica de vehículos, cualquiera que sea el tipo de inspección.

Y…¿Por que durante los años anteriores con una cuota de mercado superior de Grupo Itevelesa (92%) no se llegaron a plantear los servicio mínimos? 

Añaden la preocupación por los usuarios que deban desplazarse a otras ITV´s diferentes a las habituales, preocupación por los accidentes, gastos añadidos, la posibilidad de ser sancionados por circular con la ITV caducada y el seguro que no les garantice las coberturas.

¿Y esto es lo que les preocupa ahora?

El tiempo de espera para que te den una cita previa para pasar la ITV (fuera de las Movilizaciones), hasta más de un mes?

El tiempo de espera de hasta 4 horas para pasar la inspección cuando estás en la cola de la ITV?

Que no se supervise el personal existente en cada Centro, no comprobando la falta de personal en las bajas, permisos, vacaciones?

Que no se enteren de las muchas reclamaciones puestas por este motivo, porque es la propia empresa quien las recepciona y contesta, eso no preocupa?

El documento, tras el argumentario al final  propone: 

“PROPONGO

Articulo Primero:

Se fijan los siguientes servicios mínimos para mantener la continuidad mínima  necesaria del servicio público de Inspección Técnica de Vehículos que deberá  prestar la empresa concesionaria Grupo Itevelesa, S.L.U. en Castilla y León:

1.- Se realizarán inspecciones a los vehículos que reúnan alguno de los siguientes  requisitos:

-Vehículos prioritarios como ambulancias, bomberos, policía, etc., vehículos afectos a la seguridad  pública y vehículos dedicados al transporte público de personas, al transporte escolar y transporte de mercancías, obras, servicios y construcciones.

- Aquellos cuya ITV periódica haya caducado ya o que caduque en los días convocados para la huelga.

- Aquellos vehículos que deban realizar una inspección para comprobar la corrección de defectos detectados en una inspección anterior.

- Vehículos agrícolas.

2.- Para la prestación de estos servicios, el personal disponible será el mínimo necesario para atender una línea universal de inspección completa (seguridad y emisiones) durante toda la jornada de apertura de la estación (la que corresponda en cada caso). En concreto el personal será el siguiente:

-1 responsable de estación, 3 inspectores cualificados para todo tipo de vehículos y 1 administrativo, por cada turno de trabajo, en las estaciones fijas de apertura continua.

- 1 responsable de estación y 1 inspector cualificado para todo tipo de vehículos en las estaciones fijas de apertura discontinua.


-Las unidades móviles agrícolas y de ciclomotores deberán prestar sus servicios con un responsable de unidad móvil con firma autorizada y un inspector cualificado para vehículos agrícolas y ciclomotores, durante todos los dias y períodos de huelga, ya sea completa o por paros parciales,

cumpliéndose la planificación establecida para el año 2022 por la Dirección General de Industria

(…..)

Este planteamiento supone que en un gran número de Centros como los del Grupo A (Bejar, Aranda…) el personal obligado a trabajar por Servicios Mínimos alcance hasta el 85%.  O que las UMI´s todas tengan que prestar servicio con el 67%. VERGONZOSO! Esto se tiene un nombre y es VULNERACIÓN AL DERECHO FUNDEMENTAL EJERCICIO DE HUELGA!.

El mismo día de la recepción de este documento PROPUESTA, desde el Comité Intercentros se solicitó trámite de audiencia (trámite obligatorio antes de emitir la Orden), una reunión con la Dirección de Industria, a lo que desde la Dirección General de Industria JCyL no ha permitido acceder en tiempo y forma como se solicitaba, de lo que se deduce una NULA PREDISPOSICIÓN PARA LA ESCUCHA Y EL ENTENDIMIENTO. No obstante, en el día de hoy, se han hecho llegar a esa Dirección General de Industria JCYL  las  siguientes alegaciones  a la propuesta: 

“Consideramos que se trata de una propuesta arbitraria, pues en anteriores ocasiones de convocatorias de huelgas años anteriores 2007-2011 y 2015, nunca se han planteado servicios mínimos. Esta propuesta de establecimiento de unos servicios mínimos, está yendo contra sus propios actos, siendo una situación discriminatoria, dado que situaciones de hecho idéntico, la  administración impone consecuencias jurídicas distintas. Entendemos que estamos ante una arbitrariedad administrativa, dado que no existe ninguna razón objetivable para fijar unos servicios mínimos que son del todo punto imnecesarios.

A mayores tenemos la prueba reciente, que durante la Pandemia por covid-19, en su inicio mediante la declaración de Estado de Alarma, la actividad de las ITV se paralizó totalmente durante 2 meses de forma ininterrumpida, no declarándose ningún tipo de servicio mínimo, al no considerarse como un servicio esencial.

Por todo ello, entendemos que no deban declararse  Servicios Mínimos en esta actividad, y  de no ser así, entenderíamos que se está produciendo una vulneración de derechos fundamentales del ejercicio de Huelga de toda la plantilla de Grupo Itevelesa en Castilla y León, y por tanto se actuaría en consecuencia.”

No obstante, en caso de no atenderse a nuestras alegaciones y por tanto,  confirmarse el establecimiento de SERVICIOS MÍNIMOS, en los términos señalados, este abuso, nos obligaría a reconducir la actual situación: 

1.- CUMPLIR CON LOS SERVICIOS MINIMOS. Y DE INMEDIATO RECLAMAR JUDICIALMENTE, Y RECLAMAR DAÑOS Y PERJUICIOS.

2.- REPLANTEAR LAS MOVILIZACIONES, SUSPENDIENDO LAS MOVILIZACIONES ACTUALES Y PROGRAMANDO POSIBLES NUEVAS ACTUACIONES.

En el momento que esto se llegara a producir de inmediato se comunicaría a la plantilla.

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