COMUNICADO EXTERNO 9 DEL 2011
1.- SE CONFIRMA PARA EL 26 DE ABRIL LA REUNIÓN ENTRE LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LOS RESPONSABLES I.T.V. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN.
Sobre éste asunto, deciros que es mucho el tiempo esperado por esta representación de los trabajadores, pero ya se sabe “las cosas de Palacio, van despacio” y la Junta por fin decide poner fecha: el 26 de abril. Varias fechas anteriores fueron propuestas por la representación de los trabajadores pero las agendas contrarias estaban bastante apretadas y por tanto, tocaba esperar.
Sobre lo que se está tratando con la administración desde hace bastantes meses, reuniones mantenidas 04 de Junio 2010 y 12 de Noviembre 2011( cuestiones sobre las que se ha ido informando mediante los Comunicados Externos nº 3-2010 , nº9 -2010, nº10-2010 ), podemos resumir que los asuntos y estado actual de los mismos son:
Hemos de recordar, que el hecho de acudir ante los responsables de la Junta, es por la negativa reiterada de la empresa a poner solución a los problemas planteados por la representación de los trabajadores, y que entendemos que en mayor o menor medida, son también responsabilidad de la administración, pues bien, por autorización o concesión, tiene delegado el servicio en la empresa, pero con el deber de supervisión y control, por tanto, con el deber, de al menos, tener el conocimiento de aquello que repercuta en el servicio.
*REIVINDICACIÓN DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL EN LOS CENTROS DE TRABAJO GRUPO ITEVELESA CASTILLA Y LEON, ANTE LA ESCASEZ ARGUMENTADA POR EL ESTUDIO ELABORADO POR LA REPRESENTACIÓN, DE ACUERDO A LOS DATOS FACILITADOS POR LA EMPRESA.
Puesto en conocimiento el problema ante responsables de la Junta, en la primera reunión mantenida, se comprometen a realizar un estudio de ritmos de inspección, para determinar si es necesaria o no, la contratación de personal que se reivindica. Una vez finalizado el estudio, se dará a conocer a la empresa y a la representación de los trabajadores. Con fecha 12 de Noviembre no estaba terminado dicho estudio, la representación procede al registro de documento con dicha reivindicación a la vez que se exigen los Pliegos de Condiciones. En ésta reunión del 26 de Abril se supone que se darán a conocer.
*INSTRUCCIÓN 5/2010/RSI, DE DESARROLLO DE LA ORDEN EYE/219/2010, DE 16 DE FEBRERO, POR LA QUE SE UNIFICAN LAS NORMAS DE ACTUACIÓN EN RELACIÓN CON LAS INSPECCIONES DE VEHÍCULOS AUTOMÓVILES. “9. Formación del personal, Imparcialidad, Integridad y confidencialidad”.
La representación de los trabajadores comunica a los responsables su disconformidad, tanto por las formas utilizadas en la emisión de la Instrucción (nos enteramos de casualidad) como por el contenido que consta en la misma, (dando la potestad del despido a la empresa por situaciones muy discutibles, sin tener en cuenta nuestra regulación legal para hacer frente a esas situaciones “Convenio Colectivo y Pacto de empresa (Comité Mediación y Arbitraje). Con fecha 10/12/2010 la Junta responde con una aclaración a la Instrucción en los términos exigidos por la representación de los trabajadores, remitiéndose al Convenio y Pacto empresa.
* PROPUESTA PRESENTADA POR LA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES SOBRE LA UNIFICACION DE LOS GRUPOS DE ESTACIONES A Y B.
La representación de los trabajadores expone de manera argumentada, la conveniencia de dicha unificación, destacando la mejora del servicio para los usuarios, por la ampliación en el horario en los Centros del Grupo A y la mejora en las condiciones de los trabajadores, eliminando o reduciendo el problema de bioritmos ocasionado como consecuencia de los horarios actuales en esos Centros. La Junta manifiesta su apoyo a la propuesta, pero no a su implicación mediante la imposición a la empresa.
* PROPUESTA PRESENTADA POR LA REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES SOBRE LA SUBROGACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN CASO DE CAMBIO DE EMPRESA
La empresa manifestó en su día (hace 4 años, en la Negociación del Convenio) que de ellos no dependía sino que era cuestión de la Junta de Castilla y León.
La representación de los trabajadores aprovechando uno de los encuentros, expusimos el asunto ante los responsables de la Junta. La administración manifestó, que esta cuestión debía de negociarse entre la empresa y los trabajadores, que debiera de incluirse dentro de la Negociación Colectiva. No obstante, manifiestan su apoyo a tal reivindicación y afirman que los trabajadores y trabajadoras de la empresa tienen “garantizado” el puesto ante un eventual cambio de empresa concesional.
La representación de los trabajadores, en la Plataforma reivindicativa del Convenio, exigimos Claúsula de Subrogación, la empresa ,a día de hoy la rechaza.
2.- EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL:
*Los Delegados de Prevención, muestran de manera reiterada su disconformidad ante la empresa por su dinámica habitual de realizar las Consultas Individualizadas a cada Delegado, con el fin de recabar diferentes opiniones y utilizarlas en su conveniencia. Por ello, los delegados exigimos que tales consultas se realicen en el Seno del Comité Regional, que para ello es el órgano competente, ó que permitan los medios necesarios, como así expresa la propia ley LPRL, para que los diferentes delegados de prevención provinciales, puedan tratar de manera conjunta dichas consultas y responder con un único informe. Se está elaborando de nuevo por parte de los delegados, un documento de propuesta de modificación del PRL-02 (procedimiento riesgos laborales interno de la empresa que regula entre otros la consulta a los delegados).
*La Inspección de Trabajo, contesta en Marzo de 2011 sobre la denuncia registrada en el mes de Noviembre 2010 , en la que se denunciaban las Condiciones Ambientales de los Centros de Trabajo de Grupo Itevelesa en Castilla y León. La Inspección de Trabajo en el escrito que hace llegar, se limita a responder en los términos que la empresa viene manifestando. La representación de los trabajadores, muestra su indignación por la contestación por varias cuestiones:
-¿Cómo se puede evaluar un riesgo como el estrés térmico, sin ni tan siquiera se procede a realizar las mediciones “Estudio Condiciones Termohigrométricas”?
-¿Cómo se puede obviar, los principios preventivos recogidos en la propia ley de Prevención de Riesgos Laborales como pueden ser la Prioridad a las Medidas Colectivas sobre las Individuales?. La empresa siempre ha hablado de medidas individuales (ropa) sin atender nunca a las propuestas de medidas colectivas de los delegados. A la Inspección se le facilitaron las actas de los Comités en donde se da constancia de tales hechos. A la Inspección al parecer, tampoco le importa si se han planteado medidas colectivas frente a las individuales.
-¿Por qué no se contesta a los asuntos planteados en la propia denuncia como, corrientes de aire y a la humedad?
-¿Por qué sólo se hace referencia a las sentencias facilitadas por la empresa y no se menciona la documentación del caso similar facilitado por la representación de los trabajadores en los que se obliga a la adopción de medidas a la empresa?
La inspección inició las visitas en un Centro I.T.V. de Salamanca y continuará con el resto de visitas a los centros de otras provincias. La respuesta según la Inspección será la misma.
La representación de los trabajadores disconformes con la respuesta de la Inspección, está gestionando a través del Sindicato CC.OO. una reunión con responsables de la Inspección de Trabajo de la Junta de Castilla y León en materia de Seguridad y Salud, con el fin de buscar las respuestas a esas y otras preguntas que se derivan de la respuesta realizada por la Inspección en Salamanca.
Una vez mantenida la reunión, y de confirmarse las mismas respuestas para todas las provincias como ya se nos ha manifestado por la inspección, se procederá con los trámites legales oportunos para hacer cambiar dicha situación, que a nuestro entender, es una actuación lamentable por parte de la Autoridad Laboral.
*Mediciones de Otros Contaminantes Químicos.
La empresa al final accede a las reivindicaciones realizadas sobre este asunto por la representación de los trabajadores en el Comité Regional de Seguridad y Salud.
Hemos de recordar, que ésta reivindicación se consiguió en el año 2008 y que desde entonces se estaba exigiendo al menos de manera anual y en dos Centros I.T.V. de Castilla y León, a consensuar por el Comité Regional de Seguridad y Salud. En aquel entonces se hicieron mediciones en la I.T.V, de Cembranos (León) y en Argales (Valladolid). Este año 2011 se ha realizado mediciones de otros contaminantes en Salamanca I.T.V de Montalvo y próximamente en I.T.V. de Avila.
El objeto de estA reivindicación, es la de tener un control periódico sobre los Contaminantes Químicos emitidos por los motores de los vehículos que se inspeccionan. Hemos de decir, que el Servicio de Prevención Ajeno (Ibermutuamur) establece que se deberán hacer mediciones periódicas sobre la concentración de Contaminantes Químicos Co% y Co2%, de manera que en función de los valores obtenidos, ese control periódico es de cada 32 semanas ó 64 semanas.
La representación de los trabajadores entendemos que además de CO y CO2, se deben de llevar un control periódico de entre otros contaminantes; Formaldehído, Negro Humo, Plomo, Benceno, Monóxido de Nitrógeno, Dióxido de Nitrógeno, Hidrocarburos alifáticos y aromáticos, efectos combinados. Control periódico que permitirá valorar las concentraciones y determinar en caso necesario , las medidas oportunas antes los niveles obtenidos, evitando así los posibles daños que puedan ocasionar éstos sobre la salud de los trabajadores y trabajadoras.
Del resultado de dichas mediciones y de las recomendaciones, se harán llegar en cuanto se nos faciliten.
3.- NEGOCIACIÓN CONVENIO COLECTIVO
Sobre lo último de este asunto, decir que en el Comunicado Externo nº8 que se envió a los Centros el pasado sábado 16 de abril, queda reflejado de cómo está la situación de la Negociación. En resumidas cuentas “ No se ha entrado a negociar” la empresa de momento este asunto no se lo ha tomado en serio, y de hecho ahí está el último incumplimiento sobre el documento que debió de entregar y no lo hizo, después de tres semanas de plazo impuesto por ellos. Evidentemente, después de seis reuniones, sin entrar a negociar, sin seriedad, con incumplimientos, con estrategias dilatatorias de tiempo, alargando los plazos por motivo de agenda……al final todo tiene límite y si en el foro habido actual no se ha negociado, pues iremos a otro, el del SERLA, y si allí tampoco es posible, pues habrá que defender lo conseguido como se hizo en anteriores ocasiones, que por cierto, EN TODAS LAS OCASIONES, los objetivos fueron cumplidos. NO OLVIDEMOS COMPAÑEROS QUE LA UNIÓN HACE LA FUERZA Y PERMITE DEFENDER Y MEJORAR LO CONSEGUIDO.
Noticia de última hora y que modifica a lo ya informado en el Comunicado nº 8, es que por motivos de agenda-vacaciones de los Mediadores propuestos para intervenir en el SERLA, “obligan” a que la reunión prevista para el miércoles 20 de abril, pase al lunes 25 por la tarde. Esa semana será crucial para la resolución o no del conflicto pues en caso de que la empresa entre a negociar habrá acuerdo, o en caso contrario desacuerdo, que permitirá las movilizaciones que se determinen previa aprobación en las asambleas. Decir que desde la representación de los trabajadores, reunidos en la última Coordinadora celebrada el pasado 14/04/2011, se establecieron las pautas a seguir para ambos casos.
ASUNTO DE ÚLTIMA DE HORA: ELECCIONES SINDICALES
EL LAUDO INTERPUESTO POR LOS COMPAÑEROS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES (DELGADOS DE CC.OO.) DE LA I.T.V.´s DE LEÓN, CON MOTIVO DEL DESACUERDO POR LOS CENSOS ELECTORALES EMITIDOS POR LA EMPRESA PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES SINDICALES CELEBRADAS RECIENTEMENTE EN ESA PROVINCIA, HA RESUELTO A FAVOR DE LOS COMPAÑEROS , DE MANERA QUE, DE ACUERDO AL CONVENIO COLECTIVO, EN LOS PROCESOS ELECTORALES, EL PERSONAL JEFE DE NAVE, DEBERÁ APARECER EN EL LISTADO DEL CENSO ELECTORAL PERTENECIENTE AL COLEGIO DE ESPECIALISTAS (PERSONAL INSPECTOR), EN VEZ DEL LISTADO DE TECNICOS ADMINISTRATIVOS, COMO LA EMPRESA VENÍA ESTABLECIENDO DESDE LAS ELECCIONES DE VALLADOLID.
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