LA COMISIÓN NEGOCIADORA SE REUNE EN EL SERLA. (Servicio Regional de Relaciones Laborales de Castilla y León)

En la tarde del día 25 de abril, en Valladolid la representación de los trabajadores junto con la representación de la empresa mantienen según lo previsto la 1ª reunión en el Serla, en la que intervienen los conciliadores-mediadores.
Se inicia la reunión con la intervención de la representación de los trabajadores, parte solicitante de dicho proceso, exponiendo los motivos que originan la petición de acudir ante éste Servicio Mediador, que como ya sabéis “después de seis reuniones, sin entrar a negociar, sin seriedad, con incumplimientos, con estrategias dilatatorias de tiempo, alargando los plazos por motivos de agenda, con manifestaciones consistentes en:
  • Quitar lo que tenemos recogido en el “libro rojo-convenio actual” los incrementos Plus Antigüedad, la Movilidad Geográfica , cambiar Sistema de retribución fijo por otro variable, Cláusula de revisión salarial- ATRASOS...etc.
  • Rechazar “aparcar” prácticamente todas las propuestas de mejora de la Plataforma, aún en aquellas cuestiones que no suponen ningún tipo de coste para la empresa.
Después, intervino la representación de la empresa tachando de falsedades los comunicados informativos o como ellos dicen “Planfletos” , (aunque en la oferta que nos pasan y que resumimos a continuación, se confirman todas y cada una de las informaciones que hemos ido trasladando ) manifestando su disconformidad por lo enunciado por la parte de la representación de los trabajadores. Declarando una vez más, que la Plataforma es inaceptable principalmente por dos cuestiones:
- Una: “aquel que quiera participar en la empresa que ponga la pasta”. Esto entendemos que refiriéndose a las propuestas recogidas en la Plataforma sobre la participación de la representación de los trabajadores en diferentes materias como Formación, Mantenimiento empleo-contratación, Promoción Profesional. A lo que hemos de decir, y así se ha manifestado por nuestra parte en reiteradas ocasiones, que para nada es nuestra pretensión organizar y dirigir la empresa sino lo contrario, colaborar en la misma, haciendo cumplir cuestiones fundamentales como los principios de igualdad de oportunidades, apostar por el mantenimiento del empleo...etc.
- Dos: “con incrementos en materia salarial que suponen de coste para la empresa un 19%, no se puede entrar negociar sobre esta materia”. Sobre éste asunto, decir que a la representación de los trabajadores nos reconforta, el pensar que las cifras se van aproximando y por tanto, más próximos del acuerdo. Recordemos que inicialmente para la empresa el incremento acumulado estimado era del 89% y ahora es del 19%.
Tras las intervenciones de las partes, se propone por parte de la representación de los trabajadores que durante esta semana se mantengan reuniones entre ambas representaciones con el fin de intentar alcanzar un principio de acuerdo del Convenio. Debiéndose recoger acuerdos sobre aquellas materias que componen el grueso del Convenio, como Salarios, Jornada, Promoción Profesional...etc. Y estableciendo como premisas:
NO TOCAR EL LIBRO ROJO”(Convenio Colectivo de Empresa Actual) en cuestiones fundamentales como Movilidad Geográfica, Antigüedad, Sistema retribución fijo...etc.
NO PERDER LA REFERENCIA DE ORIGEN- CONVENIO DE BURGOS” en cuestiones como retribución salarial en su conjunto, superando en la medida de lo posible a lo recogido en ese Convenio.
La representación de la empresa manifiesta una vez más, la imposibilidad de reunirse durante la semana, a excepción del viernes 29 abril por la mañana (fecha límite). Se acuerda entre las partes, reunirse en ese día por la mañana a las 9:30 en el Hotel Lasa Sport, para después, por la tarde reunirnos en el SERLA a las 16:00 y proceder a la firma de un Acta de Acuerdo en caso de principio de acuerdo o un Acta de desacuerdo, en caso de no alcanzar acuerdos sobre las materias fundamentales.

A partir de ese viernes 29 de abril, se tomará el camino a seguir, en función del resultado de las reuniones de ese día :
a) NEGOCIACIÓN SOBRE RESTO DE MATERIAS PENDIENTES ó
b) RUPTURA QUE DARÁ LUGAR A RONDAS DE ASAMBLEAS PARA LA APROBACIÓN DE LAS MOVILIZACIONES.
Sin lugar a duda, el primer camino es por el que la representación de los trabajadores apostamos, a pesar que otros de la parte de la representación empresarial, hayan manifestado en varias ocasiones lo contrario con expresiones como “poner fecha y hora para la Huelga, que eso es lo que queréis”.
El segundo camino no es deseado, pero en caso necesario, en defensa de los derechos e intereses de los trabajadores será utilizado como en anteriores ocasiones. Y por cierto, con buen resultado.

Seguidamente, la empresa hace entrega a la representación de los trabajadores del documento propuesta de Plataforma “ 2º CONVENIO COLECTIVO GRUPO ITEVELESA PARA CASTILLA Y LEON”. El Documento que se comprometieron a dar en fecha 11 ó 12 de Abril, e incumplieron y no se entregó.
Sobre el contenido de éste, decir que realizada la valoración por los representantes de los trabajadores, se concluye que es una constancia escrita de los recortes manifestados durante las seis reuniones y que desde la representación de los trabajadores se ha dado traslado a los trabajadores mediante los 9 Comunicados emitidos durante éstos tres meses.
No obstante, a continuación de manera resumida y sencilla te contamos: (El documento entregado por la empresa, 2º Convenio Colectivo Grupo Itevelesa Para Castilla y León, está a disposición para consulta de todos y todas las trabajadoras de los Centros, contacta con el Miembro del Comité Intercentros o a través de cualquier delegado/delegada)
  • Art.5. Aplicación de la eliminación de la ultractividad del Convenio en el contenido Normativo.
La empresa directamente plantea que cada vez que finalice la vigencia del convenio habrá que partir de 0 aplicar, lo dejando sin validez todo el articulado del mismo.
  • Art.10. Competencias de la Comisión Paritaria.
Eliminación de la participación de la representación de los trabajadores en mantenimiento de empleo, vacantes, promoción profesional - cualificación ...etc. Si esta participación no se permite en materias como la promoción – cualificación, por la experiencias habidas, ello supondrá discriminación entre los trabajadores en la igualdad de oportunidades.
  • Art.13. Revisión de tiempos.
Los ritmos de inspección pueden ser establecidos por la empresa. Antes era exclusividad de la Administración Pública competente.
  • Art.18. Promoción Profesional.
Eliminan la promoción automática (plazo máximo 2 años) del personal Auxiliar Administrativo. Propone pluses para el personal inspector para lo que establecerá unas bases para conseguirlo. Con el problema de que la empresa determinará de manera arbitraria quien merece el cobro de las mismas. Las bases para la promoción y cualificación las establecerá la empresa en el plazo de 8 meses desde la publicación del Convenio.
  • Art.19. Clasificación Profesional.
La empresa si lo estima conveniente, podrá sacar del Convenio al ingeniero o ingeniero técnico (Personal de Dirección).
  • art.21. Movilidad Geográfica definitiva o Traslado.
La empresa designará al trabajador o trabajadora, en estos casos. (Bueno, primero solicitará voluntarios!).
  • Art.22. Salidas, viajes y dietas.
Incrementan la cuantía actual en 0.02 euros por kilómetro.
  • Art.29. Jornada
No reducen ni una sola hora, y mantienen diferencias entre jornada continuada 1706 horas y partida 1736 horas.
El Convenio referencia de Burgos, reduce el número de horas a la jornada partida progresivamente.
No contemplan ningún día de libre disposición.
  • Art.30. Distribución irregular de la jornada.
Ambas partes, podrán acordar la distribución de la jornada de manera irregular, en función de la carga de trabajo de cada día de la semana o en función.............Y ello podrá hacerlo incluso después de establecido el Calendario Laboral.
Es decir, entendiendo “ por ambas partes” que se refiere la representación legal de los trabajadores en la provincia afectada podrán acordar el “todo vale”.

  • Art.31. Tiempo Bocadillo.
Será computado como tiempo NO efectivo de trabajo.

  • Art.??. Libranza de Sábados.
Este artículo lo omiten.

  • Art.35. Calendario
Los Calendarios se confeccionarán con la organización del trabajo a jornada continuada o/y partida.
Debemos de mantener la redacción del “libro rojo” de manera que, ...jornada continuada o partida. No dando opción a las jornadas mixtas.
  • Art.??. Festivos y Otros días No Laborables.
Se omite, sin establecer como días o tardes no laborables Nochebuena, Nochevieja y Sábado Santo.

  • Art.39. Incremento Salarial.
Sistema Retribución Variable, en función de tres parámetros “tarifas” “nº Inspecciones anuales” y “plus disponibilidad”.
Decir, que nos parece insultante este planteamiento de la empresa, después de haber sufrido el anterior sistema variable. Estableciendo en el mejor de los casos un incremento para éste año del 1.15% siempre que se cumpla la realización de 25 horas extras “Plus Disponibilidad” (Obligadas cuando la empresa quiera). Esto, hemos de decir, dentro de un contexto en el que desde la representación de los trabajadores se está reivindicando desde hace dos años la contratación de personal en diferentes Centros y que de asumir éste planteamiento sería contradictorio, con la exigencia que venimos manteniendo en cuanto a la contratación de personal.
Nos remitimos a fórmulas como la establecida actualmente en Convenio, sistema retribución fijo, con parámetros objetivos como el IPC. En donde se garantice el poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras.
Para que nos hagamos una idea, el convenio de origen- referencia de Burgos, para éste año tiene pactado y aplicado ya un incremento salarial del 4%, con una cláusula de garantía del IPC real + 1.
Esto traducido a números significa que un compañero inspector (oficial de 1ª) de Grupo Itevelesa de Burgos (Estación de Villalonquejar) cobrará alrededor de unos 1484 euros anuales (incluidas las cantidades del plus convenio en las pagas) más que otro compañero de Grupo Itevelesa en otro Centro en Castilla y León.
NO PERDAMOS LA REFERENCIA; ES NECESARIO RECORDAR DE DONDE VENIMOS PARA SABER A DONDE VAMOS.

  • Art.??. Cláusula de Revisión Salarial
La omiten y por tanto, desaparece la garantía del poder adquisitivo. Hay que darse cuenta que durante la vigencia del primer Convenio la suma de los incrementos aplicados fueron de un 15.2%, garantizándose siempre el IPC real + 1 punto.
Con el nuevo planteamiento de la empresa la suma de los incrementos de los próximos cuatro años oscilaría del 0 al 7.15% sin ningún tipo de garantía.

  • Art.40. Antigüedad.
Eliminan el concepto antigüedad desde Enero 2011 para las nuevas contrataciones.
Congelan la antigüedad para el resto.
Evidentemente, un recorte más y una mayor diferencia con el Convenio de referencia de Burgos que lo mantiene. (Ejemplo: un trabajador o trabajadora de nueva incorporación (oficial 1ª) al cumplir quinquenio dejaría de percibir alrededor de unos 750 euros anuales. En los cinco años siguientes dejaría de percibir unos 3751 euros y así sucesivamente).

  • Art.44. Pluses de Cualificación.
Evidentemente, todo lo que sea sumar al salario y como en éste caso además incentive la cualificación, nos parece muy bién. Eso sí, debiéndose de cumplir los principios de oportunidad e igualdad para todos, con las mismas oportunidades y sin discriminaciones.

  • Art.45. Gratificaciones Extraordinarias
No se acepta la incorporación del concepto plus convenio en las pagas extras, lo que supondría una mayor diferencia en la referencia de Convenio. Exactamente alrededor de unos 474 euros anuales de diferencia en un oficial de 1ª con relación a un compañero de Burgos.

Estas son entre otras las propuestas presentadas por la empresa que suponen un claro retroceso sobre las condiciones que hasta ahora hemos tenido, por lo tanto es Como es, mucha es la distancia que nos separa, pero aún confiamos en un posible acuerdo . El viernes se verá y a partir de ahí se actuará consecuentemente. SE OS MANTENDRÁ INFORMADOS DE TODO LO ACONTECIDO ATRAVÉS DE LOS DELEGADOS, COMUNICADOS Y A TRAVÉS DE INTERNET EN EL BLOG COMITÉ INTERCENTROS GRUPO ITEVELESA, COMO VIENE SIENDO HABITUAL.


NOTICIA DE ÚLTIMA HORA: DE LA REUNIÓN MANTENIDA EN EL DIA AYER ENTRE MIEMBROS DEL COMITÉ INTERCENTROS Y LOS RESPONSABLES I.T.V. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, OS PODEMOS ADELANTAR QUE FUE LAMENTABLE LA RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN.
LA REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES LES MANIFESTÓ SU DISCONFORMIDAD ANTE LA FALTA DE TRANSPARENCIA Y CLARIDAD DE LOS DATOS Y CONCLUSIONES OBTENIDAS DEL ESTUDIO ELABORADO SOBRE SATURACIÓN DE LOS CENTROS ITV DE GRUPO ITEVELESA CASTILLA Y LEÓN.
EN PRÓXIMO COMUNICADO SE INFORMARÁ DE MANERA MÁS DETALLADA.

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